Notaria Alberti
 
 

Legalización de libros

El Notario certifica la apertura de libros u hojas sueltas de actas, de contabilidad y otros.

La legalización consiste en una constancia puesta en la primera foja útil del libro o primera hoja suelta, con indicación del número que asigna el Notario, nombre del titular, objeto del libro, número de folios de que consta (todos con sello notarial) y si es llevado en forma simple o doble, así como el día y lugar en que se otorga.

Para solicitar la legalización de un segundo libro u hojas sueltas debe acreditarse el hecho de haberse concluido el anterior.

Si el libro se hubiere perdido o destruido debe presentarse copia certificada de la correspondiente denuncia policial y cargo de la comunicación efectuada a SUNAT informando tal ocurrencia.

La legalización debe ser solicitada por el interesado o su representante y realizarse ante Notario del lugar del domicilio fiscal del deudor tributario.

 

Notaria Alberti