Notaria Alberti
 
 

Protesto de títulos-valores

En caso de incumplimiento de las obligaciones que representa un título valor debe dejarse constancia de ello mediante el protesto

Si se trata de falta de pago el protesto debe realizarse dentro de los quince días posteriores a su vencimiento, en cuyo caso el tenedor debe hacer entrega del título valor al Notario dentro de los primeros ocho días de los quince previstos para este acto.

Recibido el título valor el Notario notificará al obligado requiriéndole el pago.

 

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