Es una persona jurídica de derecho privado constituida por voluntad unipersonal y patrimonio propio distinto al de su titular el cual necesariamente debe ser una persona natural.
Sus órganos de administración son el Titular y el Gerente General. Una misma persona puede tener ambas condiciones.
Se encuentra regulada por una norma específica. Le son aplicables supletoriamente las disposiciones de le Ley General de Sociedades.
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