Esta forma societaria es similar al de la sociedad anónima cerrada.
El número de socios no puede exceder de veinte y éstos no responden personalmente por las obligaciones sociales. El capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones.
No tiene Directorio y la administración de la sociedad se encarga a uno o más gerentes, socios o no, quienes la representan en todos los asuntos relativos a su objeto.
La transferencia de participaciones se realiza por Escritura Pública.
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