Notaria Alberti
 
 

Prescripción adquisitiva de vehículos

Los Notarios también se encuentran habilitados para tramitar solicitudes de prescripción adquisitiva de toda clase vehículos inscritos en el Registro de Propiedad Vehicular cuando existe posesión contínua, pacífica y pública como propietario durante cuatro años.

Requisitos

  • Solicitud firmada por el interesado y los testigos propuestos, autorizada por abogado.
  • Copia literal de la partida registral del vehículo o certificación de no encontrarse inscrito en el Registro de Propiedad Vehicular.
  • Declaración testimonial de no menos de tres ni más de seis testigos mayores de veinticinco años.
  • Certificación expedida por la Dirección de Investigación de Robo de Vehículos (DIROVE) de la Policía Nacional del Perú en la que conste que el vehículo no tiene afectaciones por robo.
  • Evidencia de la posesión del vehículo.

Presentada la solicitud ésta se anota preventivamente en el Registro de Propiedad Vehicular y se publica un aviso con un extracto de la misma en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal de Internet de los Registros Públicos, notificándose a(l) titular(es) registral(es), anterior(es) transferente(s) y otras personas indicadas en la solicitud.

El Notario realiza una constatación del vehículo para verificar la posesión pública y pacífica del solicitante y toma declaración a los testigos propuestos.

Transcurridos veinticinco días útiles luego de la última publicación sin que medie oposición el Notario extiende el acta respectiva y remite partes al Registro de Propiedad Vehicular para su inscripción.

 

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