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Testamento ológrafo

El testamento ológrafo es el que deja el testador escrito y firmado de su puño y letra.

Son formalidades esenciales del testamento ológrafo que sea totalmente escrito, fechado y firmado por el propio testador.

Para que produzca efectos debe ser protocolizado, previa comprobación judicial, dentro del plazo máximo de un año contado desde la muerte del testador.

La persona que conserve en su poder un testamento ológrafo está obligada a presentarlo al juez competente dentro de los treinta días de tener conocimiento de la muerte del testador, bajo responsabilidad por el perjuicio que ocasione con su dilación, y no obstante el plazo indicado en el párrafo anterior.

Presentado el testamento ológrafo, el juez, con citación de los presuntos herederos, procederá a la apertura si estuviera cerrado y dispondrá lo necesario para la comprobación de la autenticidad de la letra y firma del testador mediante cotejo.

Comprobada la autenticidad del testamento y el cumplimiento de sus requisitos de forma, el juez mandará protocolizar el expediente.

 

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