Notaria Alberti
 
 

Testamento por escritura pública

Una característica de los testamentos por escritura pública es su solemnidad, lo que supone el cumplimiento de las siguientes formalidades:

  • Que en un solo acto estén reunidos el testador y dos testigos hábiles.
  • Que el testador exprese por sí mismo su voluntad, dictando su testamento al Notario o dándole personalmente por escrito las disposiciones que debe contener.
  • Que el Notario escriba el testamento de su puño y letra.
  • Que cada una de las páginas sea firmada por el testador, los testigos y el Notario.
  • Que el testamento sea leído clara y distintamente por el Notario, el testador o el testigo testamentario que éste elija.
  • Que durante la lectura, al final de cada cláusula, se verifique, viendo y oyendo al testador, si lo contenido en ella es la expresión de su voluntad.
  • Que el Notario deje constancia de las indicaciones que, luego de la lectura, pueda hacer el testador y salve cualquier error en que se hubiera incurrido.
  • Que el testador, los testigos y el Notario firmen el testamento en el mismo acto.

 

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